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¿Cuándo debe hacerse la declaración de herederos judicial?

¿Cuándo debe hacerse la declaración de herederos judicial?

Cuando el causante fallece sin haber otorgado testamento y no tiene como herederos ni cónyuge, ni hijos.
En estos casos si sus herederos son hermanos u otros familiares colaterales, será necesario iniciar un procedimiento judicial de declaración de herederos abintestato. En el que es preceptiva la intervención de un Abogado y de Procurador de los Tribunales.

El coste del procedimiento judicial de declaración de herederos abintestato, se puede fijar mediante una propuesta de honorarios detallándole la previsión de los costes y gastos.

Ofrecemos el servicio en todo el territorio español y cualquiera que sea el lugar de fallecimiento.

PASOS A SEGUIR:

Nuestro despacho de Abogados después de recopilar toda la información y documentos necesarios, estudiará todos los antecedentes del caso.
Asimismo confeccionaremos y redactaremos la correspondiente demanda judicial para ser presentada ante el Juzgado correspondiente, que será el del fallecimiento del causante.

Las visitas serán atendidas en nuestro despacho, siempre que sea posible, pero para su mayor comodidad, todos aquellos tramites y gestiones que sea posible podrán realizarse telemáticamente bien por correo electrónico, por teléfono o videoconferencia.

Para evitarle desplazamientos podrá remitirnos la documentación por correo postal o mensajería.

Representación procesal (apoderamiento del Procurador):

  1. Otorgar un poder notarial al Procurador y Abogado, por unos 50 €, evitándole tener que desplazarse al lugar donde se siga el procedimiento. Nos encargaremos de preparar la minuta del poder, así como de realizar el encargo.
  2. Para el caso que resida en el extranjero el poder se otorgará ante el Consulado Español, del país en que resida. Nuestros abogados también se encargarán de preparar la minuta y remitirla al consulado.
  3. Si lo prefiere podrá otorgar poder “apud acta” gratuito compareciendo personalmente en el Juzgado más cercano a su domicilio.

Una vez tengamos los documentos originales, los entregaremos al Procurador junto con el poder notarial, en su caso, para que presente la demanda en el Juzgado.

Una vez el Juzgado dicte la resolución judicial declarando los herederos abintestato, se finaliza el procedimiento y solicitaremos un testimonio de la sentencia, para entregársela.

Mediante el presente procedimiento se declaran los herederos de una herencia, sin testamento.

La sentencia testimoniada podrá utilizarse para tramitar la aceptación de la herencia, ya sea notoriamente o mediante documento privado.